Despido injustificado: qué es y qué puedes reclamar

Ilustración sobre derecho de familia

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Perder el trabajo de un día para otro deja dos preguntas urgentes: si el despido fue legal y qué se puede reclamar. En Chile el empleador no puede despedir por cualquier motivo ni de cualquier forma: tiene que invocar una causal del Código del Trabajo, comunicarla por escrito y pagar lo que corresponde. Cuando eso no ocurre, el despido puede declararse injustificado, indebido o improcedente ante el Juzgado de Letras del Trabajo.

En este artículo explico, en lenguaje simple, cuándo un despido puede reclamarse, qué se puede pedir, cuáles son los plazos y qué documentos conviene reunir desde el primer día.

¿Cuándo un despido es injustificado?

Un despido se reclama como injustificado cuando la causal invocada no existió realmente, cuando no se acreditan los hechos que la sustentan o cuando el empleador no cumplió las formalidades legales: carta de despido con la causal y los hechos, aviso o pago del mes de aviso, y pago de las indemnizaciones y haberes pendientes.

También es reclamable el despido puramente verbal, el que se comunica por mensajería sin carta formal, o el que invoca una causal grave (por ejemplo, faltas de probidad) sin describir hechos concretos ni poder probarlos.

Las causales que suele invocar el empleador

  • Artículo 159: causales sin indemnización, como el mutuo acuerdo, la renuncia o el vencimiento del plazo del contrato.
  • Artículo 160: conductas graves imputables al trabajador. Es la causal más delicada, porque no da derecho a indemnización y exige que el empleador pruebe los hechos.
  • Artículo 161: necesidades de la empresa. Da derecho a indemnización por años de servicio y al mes de aviso (o su pago sustitutivo).

En la práctica, muchos conflictos parten porque se usa el artículo 160 para evitar pagar indemnizaciones. Si eso pasó en tu caso, vale la pena revisarlo: si el tribunal estima que la causal no se acreditó, además de las indemnizaciones se aplica un recargo legal.

Qué se puede reclamar

  • Indemnización por años de servicio, cuando corresponde.
  • Indemnización sustitutiva del aviso previo (el llamado mes de aviso), si no se dio el aviso con anticipación.
  • El recargo legal sobre la indemnización por años de servicio, cuyo porcentaje depende de la causal que se haya invocado y de cómo se resuelva el juicio.
  • Feriado legal y proporcional, remuneraciones, comisiones o bonos impagos y horas extraordinarias no pagadas.
  • La indemnización por vulneración de derechos fundamentales, cuando el despido o la conducta del empleador da lugar a una denuncia de tutela laboral: va de seis a once últimas remuneraciones.

Cada caso se calcula distinto según la antigüedad, la remuneración y las causales, por eso conviene revisar los números antes de firmar cualquier documento.

Los plazos: esto es lo más urgente

El plazo para reclamar judicialmente un despido es corto: 60 días hábiles contados desde la separación. Si presentas un reclamo administrativo ante la Inspección del Trabajo, ese plazo se suspende mientras dura el trámite, pero en ningún caso puede extenderse más allá de 90 días hábiles.

Por eso, si tienes dudas sobre tu despido, no esperes a que pasen los meses: revisar la carta y las fechas toma poco tiempo y puede evitar que pierdas el derecho a demandar.

Documentos que conviene reunir

  • Contrato de trabajo y sus anexos.
  • Carta de despido o cualquier mensaje donde se te comunicó el término.
  • Últimas liquidaciones de sueldo (idealmente los últimos tres meses).
  • Certificado o cartola de cotizaciones previsionales.
  • Finiquito, si te lo entregaron, sin firmarlo hasta que alguien revise los montos.
  • Correos, mensajes o testigos relacionados con los hechos que se te imputan.

Cómo trabajo estos casos

1. Revisión de la carta y los plazos

Lo primero es leer la causal invocada, verificar las formalidades y calcular cuántos días te quedan para reclamar.

2. Cálculo de lo que corresponde

Con contrato y liquidaciones a la vista estimamos indemnizaciones, recargos y haberes pendientes, para que sepas qué estás negociando.

3. Reclamo administrativo o demanda

Según el caso, puede convenir el comparendo en la Inspección del Trabajo o ir directamente a demanda ante el Juzgado de Letras del Trabajo.

Preguntas frecuentes

¿Debo firmar el finiquito que me ofrecen?

No estás obligada u obligado a firmarlo de inmediato. Firmar un finiquito con la frase de renuncia a acciones puede dificultar reclamos posteriores, así que es mejor revisar antes los montos y las causales.

¿Sirve reclamar en la Inspección del Trabajo?

Sirve para intentar un acuerdo y para dejar constancia, y suspende el plazo para demandar. Pero la Inspección no puede declarar injustificado un despido: eso solo lo hace el tribunal.

Me despidieron por WhatsApp, ¿es válido?

El despido debe comunicarse por escrito y cumplir requisitos legales. Un aviso informal casi siempre deja al empleador en mala posición, y es un antecedente importante para el reclamo.

¿Y si el despido tuvo un motivo discriminatorio o fue una represalia?

Ahí entra la tutela laboral. Cuando el despido vulnera derechos fundamentales, como la no discriminación, la integridad o la garantía de indemnidad frente a represalias, se puede pedir una indemnización especial de seis a once últimas remuneraciones, además de lo que corresponda por el despido. El plazo es de 60 días hábiles y se suspende con la denuncia administrativa, con tope de 90.

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